RECOMENDACIONES A LOS USUARIOS DE ALOJAMIENTOS RURALES Y APARTAMENTOS TURÍSTICOS (2008)

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La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de Totana ha ofrecido una serie de recomendaciones

RECOMENDACIONES A LOS USUARIOS DE ALOJAMIENTOS RURALES Y APARTAMENTOS TURÍSTICOS (2008)

La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de Totana ha ofrecido una serie de recomendaciones a los consumidores y usuarios de alojamientos rurales y apartamentos turísticos coincidiendo con el mayor incremento de la demanda de este tipo de establecimientos durante la temporada estival.

En el caso de los alojamientos rurales, donde se engloban las hospederías rurales, casas rurales en alquiler y casas rurales en régimen compartido, dichos inmuebles deben mantenerse siempre en buen estado de conservación, tanto en sus elementos, como en sus instalaciones, así como contar con un acceso adecuado y aparcamiento próximo a los mismos.

También, como servicios básicos deberá estar incluidos en el precio la disposición de suministro de agua, energía eléctrica, calefacción, agua caliente sanitaria y recogida de basuras.

Igualmente, el equipamiento del inmueble deberá ser suficiente, e incluir somieres y colchones de calidad – no de goma/espuma ni de lana – cuartos de baño equipados y botiquín de primeros auxilios.

Asimismo, junto a la entrada principal los usuarios deben apreciar la exhibición de una placa normalizada que es obligatoria, además de disponer de hojas de reclamaciones y un listado de teléfonos básicos con información de los peligros del entorno y las medidas adoptadas referentes a la seguridad infantil .

Con respecto a los precios de los alojamientos rurales, el titular del establecimiento tiene derecho a fijar y modificar libremente los precios notificándolos previamente a la administración.

Además, acerca de las reservas y depósito se estará a lo dispuesto en las condiciones generales de contratación y en su defecto a lo dispuesto entre las partes.

Por otra parte, como apartamentos turísticos, se consideran los bloques o conjuntos de apartamentos ofrecidos en alquiler, debidamente equipados para su ocupación inmediata por motivos vacacionales o de ocio.

Estos establecimientos turísticos deberán estar clasificados según categorías de lujo, primera, segunda y tercera, cuyos distintivos serán respectivamente de cuatro, tres, dos y una llave, y donde además se deberá exponer una placa identificativa.

Además, entre otras exigencias los alojamientos deben disponer de una oficina de atención al público para atender llamadas telefónicas, depósito de equipajes, custodia de llaves y resolución de incidencias de los usuarios relativas al buen funcionamiento, conservación, limpieza y reclamaciones –cuya existencia, en este último caso, se anunciará al público de forma visible y expresada en castellano, francés, inglés y otro idioma-.

Como equipamiento, este tipo de establecimiento tiene la obligación de incluir los muebles, vajilla, cubertería, cristalería, ropas de cama, mesa y aseo, así como los utensilios de cocina y limpieza serán los adecuados, en cantidad y calidad, de acuerdo con la categoría.

De igual forma, los precios de estancia serán libremente fijados por la empresa y estar expuestos al público en lugar visible, con la obligación de ser comunicados a la Administración Turística quién los diligenciará.

Así, sobre la reserva el cliente podrá exigirse una cantidad anticipada en concepto de señal, que deberá acreditarla como realizada y, asimismo, la empresa deberá contestar confirmando la aceptación o denegación., donde si resulta afirmativa se devolverá el importe dentro de las 48 horas siguientes.

En relación a la estancia y ocupación, ésta se llevará a acabo a partir de las 17:00 horas y terminará a las 12:00 horas del día señalado.

Por último, con respecto a las obligaciones de los usuarios, éstos se encuentran por su parte obligados a respetar los reglamentos de régimen interior de los establecimientos turísticos.

RECOMENDACIONES A LOS USUARIOS DE ALOJAMIENTOS RURALES Y APARTAMENTOS TURÍSTICOS (2008), Foto 1
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